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Simulador orientativo. Los resultados son estimaciones y no constituyen asesoramiento fiscal.
¿Cómo funciona esta calculadora?Importe recibido (base imponible)
Valor neto de lo heredado o donado. Si recibes nuda propiedad y quieres afinar, introduce el valor como si fuera pleno dominio.
Reducción por parentesco
Grupo I: 100.000€ + 8.000€ por cada año menos de 21, tope 156.000€. Grupo II: 100.000€. Grupo III solo mortis causa: 7.993,46€. Grupo IV: sin reducción.
Reducción vivienda habitual
Solo para sucesiones. El 95% se aplica sobre la parte de la vivienda que corresponda al heredero, con un tope individual de 150.000€.
Bonificación aplicable
Desde el 28/05/2023: 99% para sucesiones y donaciones entre descendientes, ascendientes y cónyuge. Desde el 01/06/2026 y 01/06/2027: 25% y 50% respectivamente, solo para colaterales consanguíneos de 2º y 3º grado del Grupo III.
Nuda propiedad
Solo si recibes nuda propiedad. Introduce el valor del usufructo en tu proporción, menos la diferencia entre la reducción teórica y real de vivienda habitual.
La normativa autonómica de la Comunitat Valenciana se aplica cuando la persona fallecida tenía su residencia habitual en la Comunitat Valenciana durante la mayor parte de los cinco años anteriores al fallecimiento. No es necesario que supere exactamente la mitad del período; basta con que haya permanecido en la Comunitat Valenciana más tiempo que en cualquier otra comunidad autónoma.
En el caso de donaciones de bienes inmuebles, la normativa aplicable es la de la comunidad autónoma donde esté situado el inmueble, con independencia de dónde residan donante o donatario. En donaciones de bienes muebles (dinero, acciones, participaciones, etc.), se aplica la normativa de la comunidad autónoma donde tenga su residencia habitual el donatario.
El plazo de presentación del ISD en la Comunitat Valenciana es de seis meses desde el fallecimiento para sucesiones (prorrogable otros seis meses previa solicitud ante la Conselleria d'Hisenda), y de treinta días hábiles desde la firma ante notario para donaciones. La autoliquidación se presenta ante la Agència Tributària Valenciana (ATV).
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