Simulador Impuesto Sucesiones y Donaciones Castilla la Mancha

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Simulador ISD — Castilla-La Mancha
Castilla-La Mancha
¿Cuándo se aplica la normativa de Castilla-La Mancha? (pulsa si tienes dudas)

La normativa autonómica de Castilla-La Mancha se aplica cuando:

  1. Herencia (mortis causa): el causante tenía su residencia habitual en Castilla-La Mancha durante los cinco años anteriores al fallecimiento (art. 28.1 Ley 22/2009).
  2. Donación de inmuebles: los bienes inmuebles donados están situados en Castilla-La Mancha.
  3. Donación de otros bienes (inter vivos): el donatario (quien recibe la donación) tiene su residencia habitual en Castilla-La Mancha (art. 28.1 Ley 22/2009).

Principales ventajas frente a la normativa estatal: bonificación del 100% en mortis causa para Grupos I y II con base liquidable inferior a 175.000 €; bonificaciones escalonadas hasta el 80% para bases superiores; reducciones por discapacidad mejoradas (125.000 € / 225.000 €); bonificación adicional del 95% si hay discapacidad ≥65%.

La tarifa aplicada y el coeficiente multiplicador son los mismos que la normativa estatal (Ley 29/1987).

Más información en el blog de Alberto Valiño:

Datos básicos

Valor neto de lo heredado o donado. Si recibes nuda propiedad, introduce el valor como si fuera pleno dominio.
Bonificación autonómica CLM estimada:
Introduce los datos para ver la bonificación aplicable
Reducciones (parentesco, vivienda habitual, discapacidad, empresa familiar, otras)
Sugerida automáticamente. Modifícala si el caso lo requiere.
95% del valor, máx. 122.606,47 € por heredero (art. 20.2.c LISD). Solo mortis causa.
CLM mejora la reducción estatal: 125.000 € para ≥33% e <65%; 225.000 € para ≥65%. Si seleccionas el grado arriba, se rellena automáticamente.
Modifica si el caso lo requiere (reducción estatal de referencia: 47.858,59 € / 150.253,03 €).
CLM aplica una reducción adicional del 4% de la base imponible, compatible y posterior a la reducción estatal del 95%, si la empresa tiene domicilio fiscal en CLM y no es una sociedad de cartera. Introduce el 4% del valor de la empresa recibida.
Si el importe anterior incluye la empresa, el 4% orientativo aparece indicado en la zona de datos básicos.
Seguro de vida (100%, máx. 9.195,49 €) · patrimonio histórico (95%) · cesión bienes Catálogo Cultural CLM…
Nuda propiedad (usufructo vitalicio)
En tu proporción, menos la diferencia entre reducción teórica y real de vivienda habitual. El tipo medio efectivo calculado se aplica al consolidar.
Resultado del cálculo — Castilla-La Mancha
Cuota a pagar
Base liquidable
Cuota íntegra
Coef. multiplicador
Cuota tributaria
Bonif. parentesco CLM
Ahorro bonif. parentesco
Tipo medio s/BL
Tipo efectivo s/BL

¿Dudas con el cálculo?

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Duda sencilla (5€)
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Simulador orientativo basado en la Ley 29/1987 del ISD y la Ley 8/2013 de Medidas Tributarias de Castilla-La Mancha. Los resultados son estimaciones y no constituyen asesoramiento fiscal.

¿Cómo funciona esta calculadora?

Tarifa aplicada
Se aplica la tarifa estatal del art. 21.2 LISD (Ley 29/1987), con tipos del 7,65% al 34% sobre la base liquidable. Castilla-La Mancha no ha aprobado tarifa propia.

Bonificación en mortis causa (Grupos I y II) — art. 17 Ley 8/2013 CLM

Base liquidableBonificación
Inferior a 175.000 €100%
175.000 € – 224.999,99 €95%
225.000 € – 274.999,99 €90%
275.000 € – 299.999,99 €85%
300.000 € o más80%

Bonificación en inter vivos (Grupos I y II) — art. 17 bis Ley 8/2013 CLM
Requiere escritura pública y, para bienes no dinerarios, permanencia en el patrimonio del donatario durante 5 años.

Base liquidableBonificación
Inferior a 120.000 €95%
120.000 € – 239.999,99 €90%
240.000 € o más85%

Bonificación por discapacidad ≥65%
El 95% sobre la cuota resultante tras aplicar la bonificación por parentesco. Compatible con ésta y aplicada con posterioridad (art. 17 y 17 bis Ley 8/2013 CLM). Esta bonificación aplica a cualquier grupo de parentesco.

Reducción por parentesco
Se aplica la estatal del art. 20.2.a LISD. Grupo I: 15.956,87 € + 3.990,72 € por cada año menos de 21, tope 47.858,59 €. Grupo II: 15.956,87 €. Grupo III solo mortis causa: 7.993,46 €. Grupo IV: sin reducción.

Reducción por discapacidad — CLM mejora la estatal
Art. 15 Ley 8/2013: 125.000 € para grado ≥33% e inferior al 65% (vs. 47.858,59 € estatal); 225.000 € para grado ≥65% (vs. 150.253,03 € estatal). Compatible con la reducción por parentesco.

Reducción adicional empresa familiar CLM
Arts. 14 y 16 Ley 8/2013: 4% adicional sobre la base imponible para empresas individuales, negocios profesionales o participaciones con domicilio fiscal en CLM, siempre que no sean sociedades de cartera (art. 4.8.Dos.a Ley 19/1991). Compatible y posterior a la reducción estatal del 95%. Permanencia exigida: 5 años.

Coeficiente multiplicador
Art. 22 LISD. Mismos valores que la normativa estatal: Grupos I y II: 1,00 / 1,05 / 1,10 / 1,20. Grupo III: 1,5882 / 1,6676 / 1,7471 / 1,9059. Grupo IV: 2,00 / 2,10 / 2,20 / 2,40.

Consulta también: Comunitat Valenciana · Cataluña · Illes Balears · Murcia · Aragón · Asturias · Madrid.

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