
Si la donación es de bienes que tributan en varias comunidades autónomas, es mejor hacerla en varias escrituras.
Esta afirmación es general; habrá casos en que no haga falta. La idea que persigue es que pagues menos impuestos.
Eso sí, tendrás que ver si el ahorro en impuestos te compensa el sobrecoste de notaría por hacer dos (o más) documentos, en vez de uno.
Te lo cuento con un caso real -datos blanqueados- de donación de bienes que tributan en dos comunidades autónomas en un mismo documento.
Consejo: lee hasta el final; o al menos, lee el final.
Contenido de este artículo
ToggleCaso real de donación en mismo documento de bienes que tributan en dos Comunidades Autónomas
Cae en mis manos una escritura en la que Paco ha donado (1/04/2025 protocolo 1000/20025 del Notario Don FFF) a su hermano Lucas, residente fiscal en Madrid, lo siguiente:
- 240.000€.
- y media casa en la provincia de Teruel valorada en 45.000€.
Resulta que
- Por el dinero, tributa en y con la normativa de la Comunidad de Madrid; es donde Lucas tiene su residencia habitual a la fecha del devengo (32.2 c) Ley 22/2009).
- Por la vivienda, en y con la normativa de Aragón, al radicar el inmueble en Teruel (32.2 b) Ley 22/2009).
Ni en una ni en otra Comunidad hay reducciones por parentesco en la donación a hermanos.
Además, Lucas se come un coeficiente multiplicador de mínimo el 1,5882; en las dos donaciones.
Un poco de alivio: en Madrid hay una bonificación en cuota del 25% para hermanos.
¿Qué particularidad tiene el que se produzca una donación de bienes que tributan en varias Comunidades Autónomas?
La que describe el artículo 32.3 Ley 22/2009:
“Cuando en un solo documento se donasen por un mismo donante a favor de un mismo donatario distintos bienes o derechos y por aplicación de los puntos de conexión el rendimiento deba entenderse producido en distintas Comunidades Autónomas, corresponderá a cada una de ellas el que resulte de aplicar, al valor de los donados cuyo rendimiento se le atribuye, el tipo medio que, según sus normas, correspondería al valor de la totalidad de los transmitidos.”
En la autoliquidación a presentar en cada Comunidad Autónoma competente, liquidas la donación de ese territorio, pero tienes que calcular y aplicarle un tipo medio teniendo en cuenta todo lo donado en el documento.
Funciona casi como una donación acumulada entre sí.
Digo casi, porque cuando se hace todo en un mismo documento es aún peor.
¿Qué diferencia hay entre la acumulación de donaciones entre sí y la donación de bienes que tributan en varias Comunidades en un solo documento?
- En la acumulación de donaciones entre sí (60 RISD) , en la primera donación no hay nada que acumular:
Sólo hay que aplicar el tipo medio a la segunda (y posteriores) donaciones de mismo donante a mismo donatario dentro del plazo de 3 años.
- En la donación de bienes por un mismo donante a mismo donatario de bienes que toque liquidar en varias CCAA efectuada en un solo documento ( 32.3 Ley 22/2009), todas las donaciones se comen el tipo medio.
¿Cómo es la liquidación de la donación del caso real que tributa en Madrid y en Aragón?
por una base liquidable de 240.000€ a la que le tengo que aplicar un tipo medio por una base liquidable “acumulada” de 285.000€ (240.000€ + 45.000€).
La cuota a pagar en Madrid (tras aplicar una bonificación del 25%) es de 51.768€.
multiplico la base liquidable de 45.000€ (valor de la participación donada en el inmueble de Teruel) por el tipo medio que resulta de todo lo donado en la escritura 285.000€ (240.000€ + 45.000€).
La cuota a pagar en Aragón es de 12.942€.
(Si haces clic en Liquidación en … verás las liquidaciones al completo).
Impuesto de Donaciones total que tiene que pagar Lucas: 64.710€.
No está mal.
¿Podría haber pagado menos Impuesto de Donaciones haciendo las donaciones el mismo día?
Sí.
El donatario (Lucas) se habría ahorrado más de 6.000€ en Impuesto de Donaciones.
-¿Cómo?
-Muy fácil.
En vez de un documento: dos.
Y además, el orden de los factores sí altera el producto
¿Por qué formalizar la donación de bienes que tributan en varias comunidades en varias escrituras?
Para no tragarte el tipo medio en todos los bienes donados.
Haz una escritura por “Comunidad Autónoma en la que tributa la donación”:
- El mismo día.
- Una detrás de la otra (Protocolo 1, Protocolo 2).
- Donde sólo incluyes los bienes que tributan en esa Comunidad Autónoma.
- Ojo! Pagarás más importe de notaría.
De este modo sólo aplicarás tipo medio en la segunda (o posterior) donación.
¿Qué es eso de que el orden de los factores sí altera el producto?
Que no da lo mismo empezar por la donación de Madrid, que hacerlo por la de Aragón.
Me explico:
en relación a la donación en un mismo documento del caso real de Lucas…
- hacer primero la de Madrid le habría supuesto a Lucas un ahorro fiscal de 3.847,50€ (Liquidación Madrid no aplicando tipo medio + Liquidación Aragón aplicando tipo medio) .
- en cambio, comenzar por la de Aragón, conlleva un ahorro de 6.061,50€ (Liquidación Aragón no aplicando tipo medio + Liquidación Madrid aplicando tipo medio).
En este caso y creo que en general, interesa que la primera escritura recoja la donación cuya Comunidad Autónoma sea más rácana en ventajas fiscales.
Pero no te fíes de mí.
Haz los números.
Conclusiones
Donar a un hermano implica cañazo fiscal. Ya lo has visto.
Si la donación está gravada en más de una Comunidad Autónoma, todavía cuesta más; pues hay que multiplicar por un tipo medio de gravamen.
Si no te puedes aguantar 3 años..
Quizás te convenga hacerla en 2 escrituras, en vez de en una.
Eso es lo que le habría venido bien a Lucas, pero ya es tarde para él.
¡Ojo! No olvides que también estás donando en un mismo documento cuando renuncias a la herencia
- después de prescrito el impuesto
- o en favor de alguien
Así que lo contado aquí vale para los casos de esas renuncias.
Be careful!