En esta entrada te cuento cuándo prescribe el impuesto de sucesiones.
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Toggle¿Cuál es el plazo de prescripción del Impuesto de Sucesiones?
El derecho que tiene la Administración para determinar la deuda tributaria del Impuesto de Sucesiones mediante la oportuna liquidación,
prescribe a los 4 años.
Esos 4 años, comienzan a andar, casi siempre, al día siguiente a la finalización del plazo para presentar la autoliquidación;
y terminan justo el mismo día 4 años después,
salvo que se haya interrumpido la prescripción.
Supuesto para que entiendas cómo se cuentan los plazos de prescripción
El día 26/07/2018 fallece Lucía dejando como únicas herederas a sus hermanas Paca y Toñi.
El día 28/02/2019 muere Paca, cuya exclusiva sucesora es su hija Alexia.
A Paca no le dio tiempo a aceptar ni a renunciar a la herencia de Lucía.
Así que no hizo ni una cosa ni la otra.
Apóyate en esta utilidad, para chequear fechas..
¿Cuándo se pone en marcha el contador de los cuatro años de prescripción?
De una manera muy cursi se le conoce a ese momento inicial, como dies a quo.
- Como regla general ese día inicial es a los 6 meses y un día del fallecimiento:
- *Herencia de Lucía, el día 27/01/2019
- Herencia de Paca, el día 29/08/2019
- Si hubieran solicitado y obtenido prórroga de 6 meses adicionales,
ese dies a quo arranca al año + 1 día desde la fecha de la defunción:
- *Sucesión de Lucía, el día 27/07/2019
- Sucesión de Paca, el día 29/02/2020
Más excepciones
La regla de los 6 meses y un día;
o de un año + un día tras el fallecimiento,
(ya) no sirve para la adquisición por parte del transmisario de la herencia del 1º causante cuando funciona el derecho de transmisión.
Lo ha dicho el Tribunal Supremo.
Lo cuento aquí. Devengo y prescripción del derecho de transmisión.
Esto se traduce en que la sucesión de Lucía, tiene dos fechas de inicio de la prescripción.
Una para Toñi y otra para Alexia (pues para ella juega el derecho de transmisión).
Para Alexia, el plazo de prescripción nace el día del fallecimiento de la transmitente, que es su madre Paca:
el día 28/02/2019.
No 1 día + 6 meses o + 1 año después.
Para la transmisaria Alexia el dies a quo es el 28/02/2019.
Para Toñi, que sucede a Lucía sin derechos de transmisiones ni gaitas, el cómputo de la prescripción nace el 27/01/2019;
o el 27/07/2019, si es que se le concedió prórroga.
Otra excepción (a criterio de la DGT):
Renuncia del transmisario a la herencia del primer causante
Es un no parar.
¿Cuándo finaliza el plazo de prescripción del derecho de la Administración a liquidar?
A los 4 años.
Clavados.
Contados de fecha a fecha.
Aquí buscamos el llamado dies ad quem.
Que es el día que vence el plazo de prescripción.
El último día.
En la sucesión de Lucía.
- Para Toñi, 27/01/2023 ó 27/07/2023, si obtuvo prórroga
- Para Alexia, 28/02/2023
En la de Paca
29/08/2023 ó 29/02/2024, si pidió prórroga
E importa un rábano, que ese día final, sea sábado, domingo o festivo.
Ahí se acaba la fiesta.
Un día es un día.
Y dos días, son dos días.
Lo acaba de esclarecer el Supremo.
¿Cuál es el criterio fijado por el Tribunal Supremo sobre el fin del plazo de 4 años de prescripción?
El Tribunal Supremo en Sentencia 650/2024 ha señalado:
“El plazo de cuatro años de prescripción del derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación, previsto en el artículo 66 de la Ley 58/2003, General Tributaria, se ha de computar de fecha a fecha con independencia de que el último día de dicho plazo sea hábil o inhábil“.
Todo eso, siempre que no se haya interrumpido la prescripción.
Y si se interrumpe la prescripción, se pone el contador a cero.
Como ocurrió en el caso valorado por el TS:
La prescripción se interrumpió el día 03/03/2014 por la formulación de alegaciones ante el TEAC.
Y transcurren 4 años, sin tener noticias.
Y luego, el día 05/03/2018 en que se notifica al obligado la resolución del TEAC, ha prescrito,
por haber pasado 4 años y dos días;
aunque el día final sea sábado o festivo.
Si te has perdido, contáctame.