Documentación prórroga Impuesto de Sucesiones

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Documentación necesario para solicitar prórroga del Impuesto de Sucesiones

Documentación necesaria para solicitar la prórroga del Impuesto de Sucesiones.

Plazo para solicitar la prórroga del Impuesto de Sucesiones

Los herederos (administradores o albaceas) pueden pedir prórroga de 6 meses para presentar el Impuesto de Sucesiones siempre que lo hagan dentro de los primeros 5 meses tras el fallecimiento.

Transcurrido ese plazo, se les denegará.

Consecuencias de la concesión de la prórroga

Si se les concede la prórroga (lo que se entenderá sucede si la Administración no contesta a la petición en un mes; o lo hace  dando el ok)…
 
Ello significa que van a poder pagar y presentar la autoliquidación del Impuesto de Sucesiones hasta 1 año después de la muerte del causante.

Pero con intereses

La cuota o parte de la misma ingresada más allá de los 1ºs 6 meses devengará Interés de demora que liquidará a posteriori la Administración.

Y la prescripción se alarga

El plazo de prescripción del derecho de la Administración a liquidar arrancará cuando terminen los 6 meses de prórroga concedida.

Y si se presenta el Impuesto pasado el plazo de prórroga…

Si se paga y presenta el Impuesto de Sucesiones después de finalizado el plazo de prórroga (más allá del año):
– Sin mediar requerimiento previo por la Administración, ésta podrá liquidar recargo y si ha transcurrido un año más, intereses de demora.
-Tras requerimiento previo de la Administración, podrá conllevar interés de demora y sanción.

Documentación necesaria para pedir la prórroga

La documentación que hay que aportar al solicitar la prórroga es:
 
1.- Certificado de defunción
2.- DNI o NIE por ambas caras de los herederos
3.-  Breve inventario de bienes 
4.-Si se actúa por medio de representante, hay que aportar documento/s que acredite/n la representación conforme al artículo 46 LGT.
5.- Documento de solicitud de prórroga, en el que figure:
Respecto de los herederos: nombre y apellidos, DNI/NIF, domicilio y grado de parentesco con el causante
Acerca de los bienes: situación y valor aproximado.
 
Las 5 cosas indicadas son las que pide la Agencia Tributaria Valenciana.
 

En algunas Comunidades además quieren que se aporte:

6.- Certificado de últimas voluntades
7.- Testamento o Declaración de Herederos (cuando el causante murió sin testamento).

8.-  DNI del causante.

3 ejemplos de documento de solicitud de prórroga diseñados por la propia Administración Autonómica para cumplimentar:
 
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