¿Te estás perdiendo la reducción del 50% en el IRPF al alquilar a estudiantes?

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¿Cómo evitar perderte la reducción del 50% al alquilar a estudiantes?

Alquilar a estudiantes puede estar bien.

Si te cuidan el piso.

Están unos meses, y se largan.
Al año siguiente, vienen los mismos, u otros y les puedes subir el precio.

O no.

Lo malo es que igual no te puedes aplicar la reducción del 50% por alquiler de vivienda.

Y entonces, todo el beneficio del alquiler lo tienes que meter en tu renta, junto con los demás rendimientos habituales.
Y eso puede dispararte la cuota de IRPF.

Eso es la progresividad.
El progresismo, no.

O sí.
Cuanto más ganas, más porcentaje de IRPF pagas.

A Hacienda no le gusta que alquiles a estudiantes

Porque en general, no considera dicho alquiler como de vivienda, en los términos de la LAU ;

y entonces se carga la reducción del 50%.

Aun así. 

No desesperes.

Requisitos para que puedas dormir tranquilo y beneficiarte de la reducción del 50% al alquilar a estudiantes

Si no quieres perderte esta reducción ni tener problemas con Hacienda,  cumple con lo siguiente:

Arrendamiento de vivienda habitual

El piso debes destinarlo a  residencia permanente del arrendatario.

Es decir, debe cubrir la necesidad de vivienda habitual, tal como lo establece el artículo 2 de la LAU.

Contrato sin carácter temporal

El contrato no puede ser por temporada.

Así que si alquilas a estudiantes sólo durante el curso (9-11 meses), Hacienda no te deja aplicar la reducción.

A algunos Tribunales como el TSJ de Galicia en ST 296/2024

esto les parece excesivo. La duración del contrato les da lo mismo. 

Tienes que declarar los alquileres como Dios manda

Debes declarar los rendimientos del alquiler en tu IRPF.

En efecto, la reducción solo es posible para los rendimientos declarados antes de que Hacienda te empiece a comprobar.

En resumen, si alquilas a estudiantes pero lo haces por periodos cortos y con un contrato de temporada, puede que no no beneficies de la reducción del 50%.

Para que esto no sea un problema en tu próxima  renta, asegúrate de ajustar tus contratos y cumplir con los requisitos que exige Hacienda.

5 Recomendaciones para cuando alquiles a estudiantes

No seguirlas al pie de la letra aumenta el riesgo de que Hacienda te tumbe la reducción del 50%.

1.- *Duración del contrato

Contrato de arrendamiento redactado por período de un año (mínimo).

*A Hacienda no le parece bien que contrates de septiembre a junio, qué quieres que te diga.

2.- Finalidad del alquiler

Pon en el contrato que tiene por finalidad primordial satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario.
e incluso (esto refuerza) que va a constituir su vivienda habitual durante este período.

3.- Evita mencionar

Obvia toda referencia a la condición de estudiante del alquilante y ahórrate hablar en el contrato del curso académico.

Hacienda no es fan de los estudiantes.

4.- Empadronamiento del inquilino

Es aconsejable que el arrendatario se empadrone – no que se encabrone- en esa vivienda.

Quizás no quiera; pues ni le va ni le viene.

Salvo que quiera hacerle un pequeño favor al casero.

Para consultar:

V1374-20

v1236-18

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