Seguro de vida equiparado a donación

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Seguro de vida equiparado a donación

¿Cuándo está el seguro de vida sujeto al Impuesto de Donaciones y no al de Sucesiones?

  • En seguros de vida para caso de muerte

(cobra alguien si el asegurado muere),

el beneficiario tributa como si recibiera una donación,

cuando el seguro lo contrata uno (A),

el riesgo lo pone otro  (B)

y el capital o prestación la cobra un tercero (C).

  • En seguros de vida para caso de vida

(el asegurado llega vivo a la fecha de vencimiento)

Siempre que el beneficiario sea persona distinta del contratante.

Porque si el beneficiario es el propio contratante, tributa por IRPF.

Con el Identificador de tributación en seguros de vida puedes averiguar cómo tributa tu seguro de vida

¿Hay que formalizar en escritura pública?

Si quieres aprovechar las ventajas fiscales que tenga tu Comunidad Autónoma,

ten en cuenta que las regulaciones autonómicas del Impuesto de Donaciones suelen requerir que las «donaciones» se formalicen en documento público, aunque sean de bienes muebles.

Esto debe hacerse también con los seguros de vida, equiparados a donaciones por el 12.e) RISD.

¿Qué es lo que hay que elevar a escritura pública?

La aceptación de la cantidades a percibir por el beneficiario.

“Escritura de aceptación como beneficiario del contrato de seguro de vida tal”.

TSJ Cataluña Auto 5/2024 2/02/2024

¿Cuándo se produce el devengo del Impuesto de Donaciones por la percepción de contrato de seguro de vida?

Cuando muera el asegurado en seguros de vida que premian la muerte.

Cuando se produzca el vencimiento, si la contingencia es la supervivencia a una fecha determinada.

A partir de ese momento el beneficiario tiene que realizar una conducta activa (ponerse las pilas).

Que consiste en  aceptar la prestación derivada del contrato de seguro, ante Notario.

¿No vale con presentar junto con la autoliquidación del Impuesto de Donaciones un certificado de la aseguradora?

No.

Si tu Comunidad te pide formalización en escritura.

Tú formaliza.

¿Qué le pasó a una beneficiaria que no acudió a un Notario a bendecir su prestación?

Leo concertó con Axa-Aurora Vida una póliza de vida para caso de supervivencia de la asegurada y beneficiaria, que era su esposa Eli.

Vencida la póliza, Eli declaró modelo 651 acompañando documento oficial de “declaración de contratos de seguros de sobrevivencia”.

Y se aplicó la bonificación del 99%.

La Administración le extirpó dicha bonificación por no haber formalizado la “donación” en documento público.

El TEAR, como Miami, se lo confirmó.

Porque la póliza no había sido elevada a documento público como exigía la norma regional para tener derecho a la bonificación fiscal.

3 Conclusiones 

  • Tanto si dudas como si no lo haces, averigua cómo tributa tu seguro de vida.
  • O acude a los artículos 3.1.c LISD y  12.e) RISD.
  • Si tu seguro de vida funciona como donación, formaliza en notaría dentro del plazo para declarar.
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