Una donación que costó 23.000 € de IRPF al padre.
Y aun así era la mejor decisión.
Cuando una familia llega con una donación planificada, no es infrecuente que tengan en la cabeza qué van a hacer. El trabajo está en decidir cómo. En este caso, la diferencia entre una estructura y otra fue de más de 6.000 €.
La situación
- Dos hermanos con el 25% de nuda propiedad cada uno sobre dos viviendas, heredado de su madre.
- El padre, titular del usufructo vitalicio y del 50% restante en pleno dominio, decide donar su parte reservándose el usufructo.
- Tras la donación, los hermanos quedarían con el 50% en nuda propiedad de ambos inmuebles — y querían que cada uno se quedara con uno.
- El objetivo: extinguir esa comunidad sin excesos de adjudicación y con el menor coste fiscal posible.
La primera opción sobre la mesa era la más intuitiva: que el padre donara a cada hijo la parte del inmueble que se iba a quedar. Parecía lo más limpio. Pero era la más costosa fiscalmente.
Estructurando la donación de otra manera — antes de plantear la extinción — el coste total de la operación se redujo en 6.238 €. Y no porque hubiera ninguna exención ni bonificación. Fue por el orden y el diseño de ambas operaciones.
Lo que no se pudo evitar — y por qué importa contarlo
El padre pagó aproximadamente 23.843 € de IRPF por la ganancia patrimonial generada en la donación. Ese coste era inevitable: donar en vida activos con plusvalía acumulada tiene un precio fiscal para el donante. Podría haberse evitado esperando al fallecimiento — la llamada plusvalía del muerto desapareció en 1992 — pero había razones familiares de peso para hacerlo en vida. Esas razones no son de mi incumbencia ni de la de Hacienda.
Planificar bien una operación no significa eliminar todos los costes. Significa eliminar los que se pueden eliminar, y asumir los que no con los ojos abiertos. Los 6.238 € ahorrados son reales. El IRPF del padre también lo es.
¿Tienes una situación similar?
Antes de firmar nada, merece la pena analizar cómo se estructura la operación. El orden importa. Cuéntame tu caso.
Caso real con datos reales. Los nombres e identificaciones de las partes no se publican. Los importes son estimaciones sobre la operación concreta y no constituyen asesoramiento fiscal individualizado. · albertovalino.com