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Calculadora de Usufructo y de Nuda Propiedad.
Contenido de este artículo
ToggleRegla práctica para determinar el valor del usufructo vitalicio.
1.- En primer lugar, a “89” le restamos la edad de la persona usufructuaria a fecha en que queremos calcular el usufructo (v.gr. la de fallecimiento, de la donación o de la compraventa).
2.- En segundo lugar, pasamos la cifra resultante a porcentaje.
Simplemente, le añadimos “%”.
3.- En ultima instancia, multiplicamos el porcentaje resultante, por el valor de la herencia -o cuota de herencia-, o por el valor del bien o bienes respecto de los que se constituye usufructo vitalicio.
El porcentaje restante hasta 100% será el valor de la nuda propiedad.
Porcentaje límite (por exceso y por defecto) del usufructo y de la nuda propiedad
El usufructo se valorará en:
un porcentaje máximo del 70% => la nuda propiedad un valor mínimo del 30%, cuando la persona usufructuaria cuente con 19 años o menos.
un porcentaje mínimo del 10% => la nuda propiedad un valor máximo del 90%, cuando la persona usufructuaria cuente con 79 o más años.
Ejemplo de cálculo de valor del usufructo y de la nuda propiedad.
Valor del bien: 180.000€.
Edad del usufructuario vitalicio: 65 años.
Seguimos la regla práctica paso a paso:
1.- A “89” le restamos la edad de la persona usufructuaria 65.
Resultado: 24
(89-65)
Vemos, que el resultado no es inferior a 10.
2.- Añadimos “%” a la cifra obtenida, y queda así: 24%
3.- Multiplicamos el porcentaje resultante por el valor del bien respecto del que se constituye usufructo vitalicio.
Resultado: 43.200
(24% x 180.000)
El porcentaje restante hasta 100%, será el valor de la nuda propiedad.
100% -24% = 76%
El valor de la nuda propiedad del inmueble es de: 136.800
(76% x 180.000)
Consulta V0992-06