💡 Caso de éxito real: cómo Sofía recuperó más de 4.000 € que Hacienda le exigía injustamente

Una historia real de cómo actuar a tiempo —y con la ayuda adecuada— puede marcar la diferencia entre rendirse y ganar.

Sofía perdió a su madre.
Y con ello, perdió también el suelo bajo los pies.

En medio del duelo, con la cabeza en otro sitio y los nervios a flor de piel, hizo lo que cualquiera haría en su lugar: pidió una prórroga para poder presentar el Impuesto de Sucesiones más adelante.

Estaba todo bien pensado. Ella y sus hermanos comunicaron a Hacienda los datos de la herencia, los bienes, el parentesco… todo correcto.
Solo necesitaban un poco más de tiempo para respirar y ordenar los papeles.

📅 Pasaron seis meses.
📅 Pasó también la prórroga.
📅 Y a Sofía se le fue el santo al cielo.

No fue por dejadez. Ni por avaricia. Ni por querer “escaquearse”.
Simplemente se le olvidó.
Porque cuando se te muere una madre, lo último en lo que piensas es en modelos tributarios.

Pero Hacienda no olvida.

Un día recibió un requerimiento oficial.
—“Tiene usted quince días para presentar la autoliquidación del Impuesto de Sucesiones.”

Sofía, sobresaltada, se puso las pilas:
✔️ Hizo los cálculos con el programa oficial.
✔️ Presentó el modelo.
✔️ Pagó 2.426 €.
✔️ Y respiró tranquila.

La vida siguió su curso.

Hasta que, dos años después, cuando ya nadie esperaba líos…

🔔 ¡Zas! Liquidación y sanción.

Hacienda reabre el caso.
Le gira una liquidación de 3.000 €, más una sanción de 1.213 €, porque —según dicen— ya no tenía derecho a la bonificación del 50% al haber presentado “tarde y a la fuerza”.

Sofía no daba crédito.
—“¿Pero cómo que no tengo derecho a la bonificación? ¡Si cumplí con lo que me pidieron!”

Y entonces me llamó.

Me lo contó todo.

Y supe que había que pelear.

✍️ Reclamamos.

Expliqué que Hacienda ya había revisado su expediente y cerrado el procedimiento anterior sin poner ni una sola pega.
No puede abrir otro procedimiento sobre lo mismo, solo porque ahora quiera sacar más tajada.

Eso no lo digo yo.
Lo dice el Tribunal Supremo.
Lo dice la Ley.
Y ahora, también lo ha dicho el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Valencia.

📢 ¿Resultado?

✔️ Se anula la liquidación.
✔️ Se anula la sanción.
✔️ Se ordena la devolución con intereses.
Al 4,065% anual.
(Enséñame un depósito a plazo fijo que te dé eso…)

Sofía había pagado todo. Liquidación y sanción.
Incluso perdió el primer asalto: el recurso de reposición ante la propia Hacienda.
Pero no se rindió. Confió. Recurrió. Y ganó.

Recuperó más de 4.000€

❓¿Y tú?

¿Te han clavado de más en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, Plusvalía Municipal, Transmisiones, Actos Jurídicos Documentados u Operaciones Societarias?

¿Te han sancionado por declarar tarde, por un descuido o simplemente porque no sabías que estabas haciendo algo “mal”?

Puede que no sea tarde. 

A veces aún hay solución.

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